TRANSFERENCIA POR FALLECIMIENTO
Art. 13ª Son también miembros del Club el esposo o esposa del socio y ambos con derecho a voto. En caso de divorcio se estará al acuerdo que celebran los esposos. En caso de fallecimiento de uno de ellos, el sobreviviente conservará el derecho de socios. En caso de nuevo matrimonio el divorciado abonara nueva cuota de ingreso por el cónyuge, pero sólo en un 50%.
Requisitos:
- Carta comunicando el fallecimiento del socio, solicitando la Transferencia de la Titularidad, adjuntar:
- · Partida de Defunción original.
- · Copia actualizada de la partida de matrimonio (máximo 01 mes).
- · Declaración jurada que, al fallecimiento del titular, el matrimonio estuvo vigente.
Trámite a seguir:
- Verificar los requisitos solicitados, bajo responsabilidad del personal encargado.
- Verificar en el file de socio la Partida de Matrimonio.
- Presentar los documentos para su aprobación en Sesión de Directorio.